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Matrícula 2027

Online — Sakura Escuela Libre

cambiar modalidad
Antes de matricular, tres cosas importantes
  • El plazo vence el 30 de enero de 2027, sin prórroga. En febrero informamos la nómina definitiva al establecimiento en convenio y no podemos agregar estudiantes después.
  • No recibimos estudiantes a mitad de año, ni en la modalidad online ni en la presencial.
  • Si el estudiante se retira durante el año, no puede reincorporarse ese mismo año. Sí puede volver a matricularse al año siguiente.

Estas condiciones rigen para esta modalidad, en que la Escuela respalda la validación del año y por eso el estudiante no rinde exámenes libres. Si prefieres el Plan Estándar o el Plan Acceso, en que el estudiante rinde exámenes libres, puedes incorporarte en cualquier momento del año y sin firmar este contrato. Ver los planes

Elige tu plan de pago

Total a pagar hoy $360.000

Mensualidad de referencia $150.000/mes (marzo–diciembre 2027, tope día 5 de cada mes). El detalle de descuentos según tu plan queda en el contrato.

¿Cuántos estudiantes matriculas?

Uno 2 hermanos
−15%
3 hermanos
−15%
4 hermanos
−15%
5 hermanos
−15%
6 hermanos
−15%

La mensualidad de cada uno queda en $127.500 en vez de $150.000: ahorras $90.000 cada mes. La matrícula se paga por estudiante.

Primer estudiante

Cada curso tiene un máximo de 10 estudiantes para 2027. El cupo queda tomado al completar la matrícula.

Segundo estudiante

Tercer estudiante

Cuarto estudiante

Datos del apoderado

Publicación de los trabajos

En Sakura mostramos lo que los niños hacen. Hay actividades que quedan visibles para cualquier persona —la Galería de Talentos, la revista, la web y nuestras redes— y otras que solo ven las familias y el equipo de la escuela, dentro de la plataforma.

Si la desmarcas, tu hijo o hija participa igual en todas las actividades y su evaluación no cambia en nada: solo no aparecerá en los espacios abiertos al público. Puedes cambiar esta decisión cuando quieras escribiéndonos.

Contrato de matrícula

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES — AÑO LECTIVO 2027 Sakura Escuela Libre Online · Fundación Artística, Cultural y Educativa Familia Ieruba (FACEFI) Por el presente instrumento, Fundación Artística, Cultural y Educativa Familia Ieruba (FACEFI), RUT 65.255.203-K, sostenedora de Sakura Escuela Libre Online, representada por su presidenta doña Carla Daniela Gallardo Manterola, Educadora Diferencial, cédula de identidad N° 17.015.559-9, en adelante "la Escuela", y el apoderado/a que suscribe y firma electrónicamente este documento, en adelante "el Apoderado", acuerdan celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios Educacionales para el año lectivo 2027, conforme a las cláusulas siguientes. PRIMERO: OBJETO Y MODALIDAD. El Apoderado matricula a su pupilo/a en la Escuela para el año lectivo 2027 en la modalidad Online — Sakura Escuela Libre. El servicio educativo se presta en modalidad online, a través de la plataforma Sakura Escuela Libre Online, conforme a los Planes y Programas de estudio concordantes con los objetivos del Ministerio de Educación. SEGUNDO: VALOR DE LA MATRÍCULA. El valor de referencia de la matrícula 2027 asciende a $90.000. El monto efectivamente pagado dependerá del plan de pago elegido por el Apoderado, conforme a la cláusula TERCERA. La matrícula se paga al momento de la firma del presente contrato y formaliza la reserva del cupo del estudiante; es única e indivisible para todos los efectos legales y no está sujeta a devolución, salvo el caso de fallecimiento del alumno/a ocurrido antes del inicio del año escolar. El plazo para matricular vence el 30 de enero de 2027, sin prórroga. Vencido ese plazo la Escuela no recibe nuevas matrículas bajo esta modalidad para el año lectivo 2027, por cuanto durante el mes de febrero debe informar al establecimiento en convenio la nómina definitiva de estudiantes matriculados. Este plazo rige para los estudiantes acogidos al respaldo de validación de la cláusula QUINTA, que por ello NO rinden exámenes libres; no se aplica a los planes en que el estudiante rinde exámenes libres, cuya incorporación no requiere este contrato y puede efectuarse en cualquier momento del año. TERCERO: COLEGIATURA, PLAN DE PAGO Y DESCUENTOS. El valor de referencia de la colegiatura del año 2027 corresponde a diez mensualidades de $150.000 cada una, de marzo a diciembre de 2027, pagadas por adelantado, antes del inicio del mes respectivo, con fecha tope el día 5 de cada mes, mediante transferencia o tarjeta de débito o crédito. La división del arancel anual en cuotas constituye una mera facilidad otorgada en beneficio del Apoderado; el arancel es total e indivisible respecto del año escolar. El Apoderado ha optado por el plan de pago MENSUAL. Paga hoy únicamente la matrícula, por $360.000. Las diez mensualidades se pagan de marzo a diciembre de 2027, con tope el día 5 de cada mes, sin descuento. CUARTO: NO PAGO OPORTUNO. El no pago de una o más mensualidades en la fecha acordada hará incurrir al Apoderado en un recargo de $3.000 por alumno y por cada mes o fracción de mes de atraso, exigible desde el primer día de retraso. Asimismo, el no pago oportuno pone en riesgo la figuración del estudiante como alumno regular ante el establecimiento en convenio. Mientras el Apoderado no se encuentre al día en sus pagos, la Escuela no emitirá certificados de alumno regular ni gestionará trámites de validación a favor del estudiante. QUINTO: RESPALDO DE VALIDACIÓN ANTE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN. La Escuela se obliga a asegurar, de manera íntegra y a su entero cargo, el respaldo de validación del año escolar del estudiante a través de un establecimiento educacional en convenio reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación. En virtud de este compromiso, los estudiantes NO rinden exámenes libres. La Escuela asume el cien por ciento de la responsabilidad de gestionar dicho respaldo y, en caso de que un convenio no prospere por cualquier causa, se obliga a gestionar uno alternativo, velando en todo momento por que este beneficio se cumpla efectivamente en favor del estudiante. SEXTO: ESTABLECIMIENTO EN CONVENIO. La identidad del establecimiento en convenio será informada al Apoderado dentro del mes siguiente al inicio de las clases en marzo. El Apoderado declara conocer y aceptar que dicho establecimiento puede variar de un año a otro, e incluso diferir entre un estudiante y otro, según la disponibilidad de cupos que ofrezcan los establecimientos aliados, sin que ello afecte en modo alguno el respaldo comprometido en la cláusula precedente. SÉPTIMO: CANAL ÚNICO DE COMUNICACIÓN. El Apoderado contrata los servicios educacionales exclusivamente con la Escuela y, en consecuencia, se obliga a canalizar toda consulta, gestión o requerimiento únicamente a través de la Escuela. Queda estrictamente prohibido que el Apoderado se comunique directamente con el establecimiento en convenio por cualquier motivo, por constituir ello una exigencia de dichos establecimientos cuyo incumplimiento pone en riesgo la continuidad del convenio. Las partes reconocen esta obligación como esencial del presente Contrato. OCTAVO: PERMANENCIA Y PROMOCIÓN. No se contempla el cierre anticipado del año escolar. El estudiante debe mantener su matrícula y permanencia hasta diciembre de 2027, requisito necesario para que el establecimiento en convenio pueda promoverlo de curso sobre la base de las calificaciones obtenidas en la Escuela. Para el año lectivo 2027 la Escuela no recibe estudiantes nuevos bajo esta modalidad una vez iniciado el año escolar: no existe incorporación a mitad de año para los estudiantes acogidos al respaldo de validación, ni en la modalidad online ni en la presencial. Asimismo, el estudiante que se retire durante el año lectivo no podrá reincorporarse a esta modalidad durante ese mismo año, sin perjuicio de que pueda volver a matricularse en un año lectivo posterior, dentro del plazo de matrícula que corresponda. El Apoderado declara conocer y aceptar ambas condiciones al momento de matricular. NOVENO: ACTIVIDADES, EVALUACIONES Y AJUSTES PEDAGÓGICOS. El Apoderado conoce y acepta las actividades y evaluaciones que la Escuela realice durante el año lectivo conforme a su metodología MAAI. Asimismo, declara conocer y aceptar que el establecimiento en convenio, en su calidad de responsable de la validación del año escolar, puede establecer actividades o evaluaciones propias —incluyendo pruebas con una ponderación determinada dentro de la calificación final— como condición para la promoción del estudiante, las que se aplicarán respetando la información que la Escuela entregue respecto de cada estudiante. El Apoderado acepta que los aspectos pedagógicos y de evaluación pueden ajustarse o modificarse durante el año por requerimientos del establecimiento en convenio o de la autoridad educacional, resguardando la Escuela en todo momento su metodología MAAI y el interés superior del estudiante. DÉCIMO: OBLIGACIONES DEL APODERADO. El Apoderado se obliga a: (i) cumplir y hacer cumplir las normas de convivencia de la comunidad educativa; (ii) mantener informada a la Escuela sobre el estado de salud y condiciones relevantes del estudiante; (iii) mantener actualizados sus datos de contacto, comunicando oportunamente cualquier cambio por los canales oficiales; (iv) participar activamente en el proceso educativo de su pupilo/a, en su rol de primer y principal educador; y (v) participar y cumplir con las actividades variadas que la Escuela o la Fundación organicen durante el año lectivo, ya sean educativas o en beneficio de sus proyectos educativos, asumiendo por cada estudiante la cuota o valor asignado cuando corresponda, el que será informado oportunamente por los canales oficiales de la Escuela. DÉCIMO PRIMERO: PUBLICACIÓN DE TRABAJOS E IMÁGENES DEL ESTUDIANTE. La Escuela realiza actividades cuyos resultados se muestran, porque mostrar lo que los niños hacen forma parte de la vida de toda comunidad educativa. Esa difusión se organiza en tres niveles, que el Apoderado declara conocer: a) Nivel público: contenidos visibles para cualquier persona en internet, sin necesidad de tener cuenta, como la Galería de Talentos, la revista escolar, la página web y las redes sociales de la Escuela, donde se publican trabajos, dibujos, creaciones, presentaciones, fotografías y videos de actividades educativas. b) Nivel comunidad: contenidos visibles únicamente para estudiantes, apoderados y personal de la Escuela con sesión iniciada en la plataforma, como muros de curso, salas de conversación, actividades internas y trabajos compartidos entre compañeros. c) Nivel interno: información accesible solo al equipo educativo en el ejercicio de sus funciones, como registros pedagógicos, informes, evaluaciones y antecedentes del estudiante, que no se publica ni se comparte con otras familias. El Apoderado autoriza a la Escuela a registrar y publicar imágenes, voz, trabajos y creaciones del estudiante en los niveles a) y b), con fines educativos, de difusión de las actividades y de promoción del proyecto educativo. Esta autorización es revocable en cualquier momento y sin expresión de causa, comunicándolo por escrito al canal oficial. Revocada la autorización, la Escuela retirará los contenidos publicados en los medios bajo su control dentro de un plazo razonable. La Escuela no publicará el domicilio, el RUT, el establecimiento de respaldo ni antecedentes de salud del estudiante en ningún nivel. DÉCIMO SEGUNDO: DATOS PERSONALES Y ANTECEDENTES DEL ESTUDIANTE. La Escuela solicita y trata datos personales del estudiante y de su grupo familiar, incluidos antecedentes de salud, diagnósticos, informes de especialistas y evaluaciones previas, con las siguientes finalidades: a) elaborar las adaptaciones curriculares, planificaciones e informes que el estudiante requiera según su realidad particular; b) prestar el acompañamiento pedagógico y de apoyo profesional comprometido; c) cumplir las obligaciones legales de la Escuela, incluido el deber de denuncia frente a situaciones de vulneración de derechos; y d) gestionar la matrícula, los pagos y el respaldo de validación. Estos antecedentes constituyen datos sensibles conforme a la Ley N° 21.719 sobre Protección de Datos Personales. Son tratados con acceso restringido al equipo educativo y profesional que los necesite para el ejercicio de sus funciones, no se comparten con otras familias ni con terceros ajenos a la Escuela, salvo obligación legal, y no se publican en ningún nivel de difusión. El Apoderado podrá solicitar acceso, rectificación, eliminación u oposición respecto de estos datos, y presentar reclamos, escribiendo al canal oficial de comunicación establecido en este contrato. DÉCIMO TERCERO: REGLAMENTOS Y PROTOCOLOS ANEXOS. Forman parte integrante del presente contrato el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar y los protocolos de actuación de la Escuela que se entregan como anexos, entre ellos los protocolos de seguridad, de convivencia y los demás que la normativa educacional chilena exija mantener vigentes. El Apoderado declara conocer y se obliga a leer y suscribir dichos reglamentos y protocolos como condición de la matrícula, aceptando su contenido en todas sus partes. DÉCIMO CUARTO: FIRMA ELECTRÓNICA. El Apoderado declara haber leído íntegramente este contrato, haberlo comprendido y aceptarlo en todas sus partes. Su nombre, RUT y firma manuscrita digitalizada quedan registrados junto con la fecha, hora e IP de la firma, constituyendo manifestación válida y suficiente de su voluntad de contratar. DÉCIMO QUINTO: MATRÍCULA CONJUNTA DE CUATRO ESTUDIANTES Y DESCUENTO POR HERMANOS. El presente contrato comprende la matrícula de cuatro estudiantes del mismo grupo familiar, individualizados como los estudiantes individualizados en este contrato, bajo un solo instrumento firmado por el Apoderado. Por tratarse de más de un estudiante, la Escuela aplica un descuento de un 15% sobre la mensualidad de cada uno, quedando esta en $127.500 por estudiante en lugar de $150.000, durante todo el año lectivo 2027. La mensualidad conjunta del grupo familiar asciende a $510.000. La matrícula se paga por estudiante y no se ve afectada por este descuento. El descuento por hermanos se mantendrá vigente mientras al menos dos de los estudiantes individualizados permanezcan matriculados; si por retiro quedara solo uno, su mensualidad volverá a su valor sin descuento a contar del mes siguiente.
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